Acuerdo de colaboración cliente y proveedor
- Naturaleza del documento y partes
- Objeto del encargo
- Alcance y entregables
- Precio y forma de pago
- Plazos
- Entrega y confirmación
- Cobro directo, chargebacks y reembolsos
- Propiedad intelectual de los entregables
- Confidencialidad
- Acceso del proveedor a cuentas y redes sociales del cliente
- Independencia y ausencia de relación laboral
- Terminación del encargo
- Garantías y responsabilidad entre las partes
- Exclusión de responsabilidad de ōrbita
- Disposiciones generales
1. Naturaleza del documento y partes
1.1. El presente Acuerdo regula la prestación de servicios de marketing entre dos empresas o profesionales que se han puesto en contacto a través del marketplace de la plataforma ōrbita y que inician un encargo concreto a través de ella.
1.2. Son partes de este Acuerdo:
- (a) El Cliente: la empresa, autónomo o profesional que contrata los servicios (en adelante, el "Cliente").
- (b) El Proveedor: la agencia, community manager, autónomo o profesional que presta los servicios (en adelante, el "Proveedor").
1.3. Carácter B2B exclusivo. Este Acuerdo y el marketplace de ōrbita están dirigidos exclusivamente a empresas, autónomos y profesionales que actúan en el marco de su actividad económica. El marketplace no está disponible para consumidores (personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad empresarial o profesional, según la normativa de consumo). Al aceptar este Acuerdo, ambas partes declaran y garantizan que contratan en el ejercicio de su actividad económica o profesional.
1.4. ōrbita no es parte del servicio. ōrbita (titularidad de Mónica Lorenzo González, NIF 38131132F, número D-U-N-S 374082016, C/ Garcilaso 26, 3º 1ª, 08027 Barcelona, España; en adelante, "ōrbita" o "la Plataforma") comparece únicamente como intermediario tecnológico. ōrbita pone a disposición de las partes las herramientas para descubrirse, negociar el encargo, formalizarlo, comunicarse y gestionar el pago, pero no presta el servicio de marketing, no es parte de la relación contractual entre Cliente y Proveedor, no dirige el trabajo del Proveedor y no responde de la calidad, idoneidad o resultado del servicio ni de las disputas entre las partes. La relación de servicio se establece directa y exclusivamente entre Cliente y Proveedor. El régimen completo de la intermediación de ōrbita se regula en los Términos del marketplace, que prevalecen en lo relativo a su papel.
2. Objeto del encargo
2.1. El objeto de este Acuerdo es la prestación, por el Proveedor a favor del Cliente, de los servicios de marketing descritos en el encargo concreto formalizado a través de la Plataforma (en adelante, el "Encargo").
2.2. Modalidades de Encargo. El Encargo podrá adoptar una de estas modalidades, según lo acordado entre las partes en el presupuesto aceptado:
- (a) Encargo puntual: prestación única o por proyecto, con un precio cerrado.
- (b) Encargo recurrente (retainer): prestación periódica continuada (p. ej. mensual) con un precio recurrente, hasta que cualquiera de las partes lo termine conforme a la cláusula 12.
2.3. Las condiciones específicas de cada Encargo (alcance, entregables, precio, plazos, modalidad) resultan del presupuesto aceptado por ambas partes a través de la Plataforma, que se incorpora a este Acuerdo y lo concreta. En caso de contradicción entre el presupuesto aceptado y este Acuerdo, prevalecerá el presupuesto aceptado en cuanto a alcance, precio y plazos.
3. Alcance y entregables
3.1. El alcance del Encargo y los entregables concretos (en adelante, los "Entregables") son los descritos en el presupuesto aceptado y, en su caso, en las tareas asociadas al Encargo dentro de la Plataforma.
3.2. Salvo pacto expreso, el alcance es cerrado: cualquier trabajo adicional no contemplado en el presupuesto aceptado requerirá un nuevo presupuesto o una contraoferta aceptada por ambas partes.
3.3. El Proveedor prestará los servicios conforme a la diligencia profesional propia del sector, como obligación de medios salvo que el Entregable sea un producto concreto y verificable.
4. Precio y forma de pago
4.1. Precio fijado por el Proveedor. El precio del Encargo es fijado libremente por el Proveedor y aceptado por el Cliente en el presupuesto. ōrbita no fija, no impone ni sugiere precios, ni interviene en la negociación económica entre las partes.
4.2. Cobro a través de la Plataforma (opcional, cargos directos). El cobro a través de la Plataforma es opcional: el Proveedor decide, al emitir cada presupuesto, si el cobro se canaliza a través de ōrbita o se gestiona por fuera. Cuando se canaliza a través de la Plataforma, el pago se realiza mediante un cargo directo en la cuenta de pago propia del Proveedor en Stripe (Stripe Connect, cuenta Standard), previa finalización de su proceso de verificación de identidad (KYC) exigido por Stripe. La aceptación del presupuesto nunca queda condicionada al pago a través de la Plataforma.
4.3. El Proveedor es el comercio de registro; ōrbita no interviene en el flujo de fondos. Cuando el cobro se canaliza a través de la Plataforma, el Proveedor es el comercio de registro y cobra al Cliente en su propia cuenta de pago. ōrbita no recibe, no retiene ni mantiene en su poder los fondos de las partes: el dinero va directamente a la cuenta del Proveedor y ōrbita solo percibe su comisión de aplicación. No hay retención de fondos, ni pago diferido, ni liquidación agrupada por parte de ōrbita.
4.4. Comisión de ōrbita. Por facilitar la contratación a través de la Plataforma, ōrbita percibe una comisión de 5 € fijos por transacción cobrada a través de la Plataforma, que se descuenta automáticamente del importe cobrado por el Proveedor (comisión de aplicación sobre el cargo directo) y que, por tanto, la soporta el Proveedor. El Cliente paga el precio del servicio acordado, sin recargo por la comisión de ōrbita. La comisión solo se devenga cuando el cobro se realiza a través de la Plataforma y no es reembolsable una vez devengada, con independencia de disputas, reembolsos o cancelaciones posteriores. El régimen completo se regula en los Términos del marketplace.
4.5. Facturación entre las partes. La factura del servicio la emite el Proveedor al Cliente con sus datos fiscales e IVA. ōrbita solo factura su comisión (5 € por transacción cobrada a través de la Plataforma), con el IVA aplicable (21 % en España), por transacción (correspondiente a la comisión de aplicación descontada en cada cobro gestionado). No hay facturación agregada ni liquidación mensual por parte de ōrbita. La Plataforma puede facilitar borradores de factura con los datos fiscales de cada parte, sin que ello convierta a ōrbita en emisor de la factura del servicio. El Cliente no recibe factura de comisión de ōrbita, porque no la soporta. Cada parte es responsable del cumplimiento de sus obligaciones fiscales (IVA, IRPF, retenciones y demás). Cuando el Proveedor sea una persona física en régimen de autónomo y el Cliente esté obligado a practicar retención, la factura del Proveedor al Cliente podrá estar sujeta a retención de IRPF, que aplican, ingresan y declaran las partes; ōrbita no practica, retiene ni gestiona retención de IRPF alguna.
4.6. Impago en encargos recurrentes. En los Encargos recurrentes, el impago de una cuota podrá conllevar la suspensión del acceso y de los servicios automatizados asociados hasta su regularización, sin perjuicio de la facultad de terminación de la cláusula 12.
5. Plazos
5.1. Los plazos de ejecución y de entrega son los pactados en el presupuesto aceptado.
5.2. Salvo que se haya pactado expresamente como plazo esencial, los plazos tienen carácter orientativo y un retraso razonable no facultará por sí solo a resolver el Encargo, sin perjuicio del derecho de las partes a comunicarse y reprogramar de buena fe.
6. Entrega y confirmación
6.1. El Proveedor entregará los Entregables a través de la Plataforma, dejando constancia de la entrega (fecha, contenido y notificación al Cliente).
6.2. Tras la entrega, el Cliente dispone de un plazo razonable para revisar y confirmar la conformidad o, en su caso, formular objeciones a través de la Plataforma. La confirmación de la entrega es un hito de gestión y de reputación, no una condición de pago (cláusula 7).
6.3. Encargos puntuales: confirmación como hito de gestión. En los Encargos puntuales, cuando el cobro se canaliza a través de la Plataforma el pago se realiza mediante cargo directo en la cuenta del Proveedor (cláusula 7) y no queda retenido. La confirmación de la entrega por el Cliente no condiciona ningún pago: sirve para cerrar el Encargo, habilitar las valoraciones y dejar constancia del estado del trabajo. El silencio o la inacción del Cliente no producen ningún efecto sobre un pago ya realizado. La confirmación, o su ausencia, no implica renuncia del Cliente a reclamar por vicios o defectos del servicio conforme a la cláusula 13.
6.4. Encargos recurrentes (iguala): sin confirmación de entrega. En los Encargos recurrentes, el servicio de cada ciclo se presta de forma continuada sin necesidad de que el Cliente confirme activamente la entrega de ese ciclo. La Plataforma facilita, en su caso, el cobro inicial; la recurrencia de los cobros posteriores la gestiona el Proveedor por su cuenta. La protección del Cliente es la cancelación de la iguala: cancelada, no se prestan ni cobran nuevos ciclos. Nada de ello implica renuncia del Cliente a reclamar por la calidad del servicio (cláusula 13).
7. Cobro directo, chargebacks y reembolsos
7.1. Cobro directo, sin retención de fondos. Cuando el cobro se canaliza a través de la Plataforma, el pago del Cliente se realiza mediante un cargo directo en la cuenta de pago propia del Proveedor en Stripe (Stripe Connect, cuenta Standard). El Proveedor es el comercio de registro y cobra en su cuenta; de ese cobro se descuenta automáticamente la comisión de ōrbita (cláusula 4.4). ōrbita no recibe, no retiene ni mantiene en su poder los fondos de las partes; no hay retención de fondos, ni pago diferido, ni liquidación agrupada por parte de ōrbita.
7.2. Sin protección basada en retención de fondos. Al no existir retención de fondos, el pago al Proveedor es directo y no está condicionado a la confirmación de entrega (cláusula 6). Las partes reconocen y aceptan que la Plataforma no ofrece un mecanismo de protección del comprador basado en la retención de fondos; la relación económica y sus incidencias se resuelven directamente entre las partes y, en su caso, con Stripe.
7.3. Chargebacks y reembolsos: los asume el Proveedor. Como comercio de registro, el Proveedor es responsable frente a Stripe y frente al Cliente de los chargebacks (retrocesiones de cargo), disputas de pago y reembolsos de las transacciones cobradas en su cuenta, así como de las comisiones que Stripe cobre por ellos (incluida la comisión de chargeback, no reembolsable aunque se gane la disputa). ōrbita no asume esos costes ni interviene en su resolución con Stripe. Cualquier reembolso al Cliente es decisión y responsabilidad del Proveedor.
7.4. Comisión de ōrbita ante incidencias. La comisión de ōrbita no es reembolsable (cláusula 4.4) una vez devengada al cobrarse la transacción a través de la Plataforma. El tratamiento de la comisión de aplicación ya percibida ante un reembolso o chargeback del cargo directo se rige por los Términos del marketplace (artículo 9).
8. Propiedad intelectual de los entregables
8.1. Materiales preexistentes. Cada parte conserva la titularidad de sus materiales, marcas, know-how, plantillas y herramientas preexistentes. El Cliente conserva la titularidad de sus marcas, contenidos y activos aportados; el Proveedor conserva la titularidad de sus métodos, plantillas y herramientas de trabajo.
8.2. Cesión al pago. Salvo pacto distinto en el presupuesto, el Proveedor cede al Cliente los derechos de explotación sobre los Entregables específicamente creados para el Encargo, con el carácter (exclusivo o no exclusivo) que se pacte, para los fines del Encargo y los ámbitos pactados. La cesión queda condicionada al pago íntegro del precio del Encargo: hasta el pago completo, el Proveedor conserva los derechos sobre los Entregables.
8.3. Derechos de terceros. El Proveedor garantiza que los Entregables no infringen derechos de terceros y que dispone de las licencias necesarias para los elementos incorporados (imágenes, fuentes, música, stock).
8.4. Derechos morales. Se respetan los derechos morales irrenunciables del autor conforme a la legislación aplicable.
9. Confidencialidad
9.1. Cada parte se obliga a mantener la confidencialidad de la información no pública a la que acceda con ocasión del Encargo (datos comerciales, estrategias, credenciales, datos de clientes, métricas), a usarla solo para la ejecución del Encargo y a no divulgarla a terceros sin autorización.
9.2. La obligación de confidencialidad subsiste tras la finalización del Encargo durante un plazo razonable, con las excepciones habituales (información de dominio público o de divulgación legalmente exigida).
9.3. Esta cláusula se complementa y no sustituye a las obligaciones de protección de datos del Acuerdo de Encargo de Tratamiento (DPA) del marketplace.
10. Acceso del proveedor a cuentas y redes sociales del cliente
10.1. Para ejecutar el Encargo, el Proveedor podrá acceder a las cuentas, perfiles y redes sociales del Cliente conectadas en la Plataforma, así como a datos personales tratados por cuenta del Cliente.
10.2. Encargo de tratamiento (RGPD art. 28). En la medida en que el Proveedor trate datos personales por cuenta del Cliente, el Proveedor actúa como encargado del tratamiento y el Cliente como responsable. Las condiciones de dicho tratamiento (objeto, duración, naturaleza, finalidad, categorías de datos e interesados, obligaciones del art. 28 RGPD, subencargados, medidas de seguridad, supresión y auditoría) se rigen por el Acuerdo de Encargo de Tratamiento (DPA) del marketplace, que las partes aceptan junto con este Acuerdo al iniciar el Encargo. En caso de contradicción en materia de protección de datos, prevalece el DPA.
10.3. El Proveedor accederá únicamente a lo necesario para el Encargo (minimización) y dejará de acceder a la finalización de este, salvo obligación legal de conservación.
11. Independencia y ausencia de relación laboral
11.1. El Proveedor presta los servicios como profesional o empresa independiente, con plena autonomía organizativa y técnica. Entre el Proveedor y el Cliente, y entre el Proveedor y ōrbita, no existe relación laboral, de dependencia ni de ajenidad de ningún tipo.
11.2. En particular, el Proveedor:
- (a) fija libremente sus propios precios y condiciones (cláusula 4.1);
- (b) organiza y dirige su propio trabajo, su horario, su método y su lugar de trabajo;
- (c) emplea medios materiales y humanos propios;
- (d) no está sujeto a exclusividad: presta o puede prestar servicios a una pluralidad de clientes, dentro y fuera de la Plataforma;
- (e) asume su propio riesgo y ventura empresarial;
- (f) no recibe instrucciones de dirección ni control de ōrbita sobre la ejecución del servicio.
11.3. Ni el Cliente ni ōrbita dirigen, supervisan ni controlan la prestación del Proveedor más allá de la aceptación de Entregables conforme a este Acuerdo. El sistema de valoraciones y el orden de aparición (ranking) de la Plataforma tienen carácter informativo y no constituyen un mecanismo de asignación, imposición ni penalización de trabajo.
11.4. El Proveedor es el único responsable de su alta como autónomo o sociedad, de sus cotizaciones a la Seguridad Social y de sus obligaciones fiscales y laborales respecto de su propio personal.
12. Terminación del encargo
12.1. Encargo puntual. El Encargo puntual termina con la entrega y confirmación de los Entregables y el pago.
12.2. Encargo recurrente. Cualquiera de las partes podrá terminar el Encargo recurrente con un preaviso razonable a través de la Plataforma, sin penalización, surtiendo efecto al final del periodo en curso ya pagado.
12.3. Terminación por incumplimiento. Cualquier parte podrá resolver el Encargo por incumplimiento grave de la otra no subsanado en un plazo razonable tras requerimiento.
12.4. Efectos. En caso de terminación: (a) se liquidará la parte de servicio efectivamente prestada y los Entregables entregados; (b) la cesión de derechos de la cláusula 8 solo opera sobre lo pagado; (c) subsisten las obligaciones de confidencialidad (cláusula 9) y de protección de datos (DPA). Al no existir retención de fondos, cualquier reembolso al Cliente lo realiza el Proveedor como comercio de registro conforme a la cláusula 7.
13. Garantías y responsabilidad entre las partes
13.1. Cada parte responde frente a la otra de sus propios incumplimientos conforme a la legislación aplicable. La responsabilidad por la calidad, idoneidad y resultado del servicio corresponde exclusivamente al Proveedor frente al Cliente.
13.2. Límite de responsabilidad. Salvo dolo o negligencia grave, la responsabilidad de cada parte frente a la otra por el Encargo se limita al importe del Encargo (o, en recurrentes, al importe de los meses inmediatamente anteriores). Se excluyen los daños indirectos, el lucro cesante y la pérdida de oportunidad.
13.3. El Proveedor garantiza que dispone de la capacitación, medios y, en su caso, seguros necesarios para prestar el servicio.
14. Exclusión de responsabilidad de ōrbita
14.1. ōrbita no es parte de la relación de servicio entre Cliente y Proveedor y no responde de: (a) la calidad, idoneidad, legalidad o resultado del servicio prestado por el Proveedor; (b) el incumplimiento de cualquiera de las partes; (c) las disputas, reclamaciones o daños que surjan entre Cliente y Proveedor; (d) la veracidad de la información que las partes publican o intercambian.
14.2. El papel de ōrbita se limita a poner a disposición las herramientas tecnológicas de descubrimiento, contratación, comunicación y pago (a través de Stripe), en los términos de los Términos del marketplace. Cualquier responsabilidad de ōrbita se rige por dichos Términos y no por este Acuerdo.
14.3. Resolución de disputas entre las partes (sin retención de fondos). Las disputas sobre el servicio se resuelven directamente entre Cliente y Proveedor. En el modelo de cargos directos (cláusula 7), ōrbita no retiene fondos, no los congela ni ejecuta repartos: no actúa como árbitro y no decide quién tiene razón. Las incidencias de pago (reembolsos, chargebacks) se gestionan entre el Cliente, el Proveedor como comercio de registro y Stripe (cláusula 7.3). Las controversias sobre la calidad, el alcance o el resultado del servicio se dirimen entre las partes y, en su defecto, por la vía judicial o extrajudicial que corresponda. ōrbita podrá, sin obligación y sin asumir responsabilidad, facilitar registros de la operación. El detalle se regula en los Términos del marketplace (artículo 16).
15. Disposiciones generales
15.1. Aceptación versionada. Este Acuerdo se acepta de forma expresa al iniciar el Encargo, registrándose la versión aceptada, la fecha, la identidad y los metadatos técnicos de la aceptación, así como el identificador del Encargo.
15.2. Modificaciones. ōrbita podrá actualizar las versiones de este Acuerdo; las nuevas versiones se aplicarán a los Encargos iniciados con posterioridad a su publicación.
15.3. Legislación y jurisdicción. Este Acuerdo se rige por la legislación española. Por tratarse de relaciones entre empresarios y profesionales, las partes podrán someterse a los juzgados y tribunales que pacten expresamente o, en su defecto, a los que resulten competentes conforme a la ley; las controversias entre Cliente y Proveedor se resuelven entre ellos conforme a lo aquí previsto.
15.4. Integridad y prevalencia. Forman parte del marco contractual: este Acuerdo, el presupuesto aceptado, los Términos del marketplace y el DPA del marketplace. En materia de protección de datos prevalece el DPA; en materia de intermediación y comisiones prevalecen los Términos del marketplace.